MOP8 – PRRI Comentarios sobre el documento "Elementos de un marco para una mayor claridad conceptual sobre SEC”

Comentarios de PRRI sobre el documento "Elementos de un marco para una mayor claridad conceptual sobre las consideraciones socioeconómicas", árbitro: notificación CDB 2015-029. 31 Marzo 2015.

Observaciones generales

Los artículos 16 y 19 de la convención madre del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología (CPB), la Convención sobre la Diversidad Biológica (CBD), subrayar que el acceso y transferencia de biotecnologías son esenciales para la consecución de los objetivos de la Convención.

El procedimiento de AFP del CPB da Partes que aún no han adoptado un marco normativo nacional en materia de bioseguridad, una herramienta para tomar decisiones informadas sobre la importación de OVM, facilitando así la transferencia de tecnología se pide en los artículos 16 y 19 del CDB.

En cuanto a las consideraciones socioeconómicas en la toma de decisiones en el marco del procedimiento de AFP: it is precisely because of the anticipated socio-economic benefits for farmers and consumers that many public researchers dedicate their careers to research in modern biotechnology.

Por lo tanto, PRRI insta a los responsables de mantener la actualización a sí mismos de la información más reciente acerca de los impactos socio-económicos de esta tecnología.

PRRI también insta a todos los interesados ​​a ser conscientes del propio texto del artículo 26:

  • Artículo 26 se refiere a la toma de decisiones, no a la evaluación de riesgos.
  • Artículo 26 se refiere a "mayo tener en cuenta", I.E. esta disposición se refiere a la posibilidad de que las Partes, no una obligación.
  • Artículo 26 se refiere a "en consonancia con sus obligaciones internacionales". Una de esas obligaciones se pueden encontrar en el Acuerdo MSF, lo que requiere una base científica para las decisiones.
  • Artículo 26 se refiere a "consideraciones socioeconómicas derivada por el impacto de los OVM en la conservación (etc).....". Esta redacción pone de relieve la necesidad de una base científica para las decisiones. Además, artículo 26 utiliza el término neutro "impactos" y no - como en el resto del Protocolo - el término posibles efectos adversos. El uso explícito del término "impacto" es significativo, ya que abarca tanto los impactos beneficiosos y adversos.

 

Observaciones específicas sobre el documento (texto citado del anexo se presenta en cursiva).

Objetivo

El objetivo declarado en el anexo se refiere a "Para ayudar a las Partes a lograr claridad en tomar en cuenta las consideraciones socioeconómicas en el proceso de toma de decisiones sobre los organismos vivos modificados, mediante la identificación y evaluación de sus posibles impactos socioeconómicos, de acuerdo con el objetivo y el alcance del Protocolo ".

Comentario: Este texto desvía en los puntos esenciales del texto del artículo 26 del CPB:

  • Artículo 26 del CPB se refiere a la toma de decisiones sobre la importación y no a la toma de decisiones sobre los organismos vivos modificados ",
  • Artículo 26 del CPB se refiere a "las consideraciones socioeconómicas derivada por el impacto de los OVM en la conservación de un uso sostenible de la biodiversidad (etc)Consideraciones ... .. "y no al desarrollo socio-económico de los OVM.
  • A diferencia del texto del anexo, artículo 26 no se refiere a los impactos "potenciales", pero a los "impactos".

Sugerencia: PRRI aconseja frase el objetivo del papel de una manera que es consistente con la CPB, por ejemplo: "Para lograr claridad en la toma en el proceso de toma de decisiones sobre las importaciones de OVM en cuenta las consideraciones socioeconómicas resultantes de los efectos de los OVM en la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica, de acuerdo con el objetivo y el alcance del Protocolo ".

Principios generales

  1. Párrafo 1 del artículo 26 establece que las Partes podrán tomar las consideraciones socioeconómicas en cuenta en los organismos vivos modificados de toma de decisiones en.

Comentario: véase más arriba.

Texto sugerido: "Párrafo 1 del artículo 26 establece que las Partes podrán tomar las consideraciones socioeconómicas resultantes de los efectos de los OVM en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica, en cuenta en la toma de decisiones sobre la importación de organismos vivos modificados.

 

  1. Taking socio-economic considerations into account in decision-making on living modified organismos deben ser coherentes con las obligaciones internacionales pertinentes, which include trade acuerdos, acuerdos ambientales y acuerdos de derechos humanos.

Texto sugerido: "Párrafo 1 del artículo 26 dispone que, en este contexto de atender a factores socioeconómicos en cuenta debe ser coherente con las obligaciones internacionales pertinentes, que incluyen la obligación de participar en la transferencia de la biotecnología según lo establecido en los artículos 16 y 19 de la convención madre CDB, así como las obligaciones pertinentes en los acuerdos comerciales, acuerdos ambientales, los acuerdos de derechos humanos, acuerdos de investigación.

 

  1. Taking socio-economic considerations into account in decision-making on living modified organismos deben ser coherentes con los marcos normativos nacionales existentes y las políticas.

Comentario: El uso de términos prescriptivos como "debe" es incompatible con el objetivo de proporcionar claridad conceptual acerca de un artículo que no es prescriptivo.

Texto sugerido: "Tomando las consideraciones socioeconómicas en cuenta en la toma de decisiones debe ser coherente con los marcos normativos nacionales existentes y podrán tener en cuenta las políticas nacionales, tales como las políticas en materia de investigación agrícola y la producción.

 

  1. Al tomar las consideraciones socioeconómicas en cuenta, Las Partes deberían considerar sus locales, nacional y circunstancias regionales, prácticas culturales, prioridades y necesidades, in particular those related to the valor de la diversidad biológica para las comunidades indígenas y locales.

Comentario: El uso de términos prescriptivos como "debe" es incompatible con el objetivo de proporcionar claridad conceptual acerca de un artículo de la CEC que no es prescriptivo.

Texto sugerido: " Al tomar las consideraciones socioeconómicas en cuenta en este contexto, Partes podrán considerar sus locales, nacional, y circunstancias regionales, prácticas culturales, prioridades y necesidades, en particular las relacionadas con el valor de la diversidad biológica para las comunidades indígenas y locales ".

  1. Taking socio-economic considerations into account in decision-making on living modified organismos deben ser claros, transparente, y no discriminatorio.

Texto sugerido: "Integración de aspectos socioeconómicos en cuenta en este contexto debe ser clara, transparente, y no discriminatorio.

 

  1. Cuestiones relacionadas con la salud humana como consecuencia de impactos de los organismos vivos modificados en la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica también debe formar parte de las consideraciones socioeconómicas, siempre y cuando no hayan sido tratadas en la evaluación del riesgo.

Comentario: El uso de términos prescriptivos como "debe" es incompatible con el objetivo de proporcionar claridad conceptual acerca de un artículo de la CEC que no es prescriptivo. Además, un ejemplo puede ayudar a aclarar este punto.

Texto sugerido: "Los temas relacionados con la salud humana derivados de los impactos de los organismos vivos modificados en la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica, tales como los efectos de salud relacionados con el uso de plaguicidas reducida, También pueden formar parte de las consideraciones socioeconómicas, siempre que no hayan sido tratadas en la evaluación del riesgo ".

 

 

  1. Una situación de incertidumbre o falta de información sobre los impactos socio-económicos no debe impedir que las consideraciones socioeconómicas que se tenga en cuenta al adoptar una decisión.

Comentario: Artículo 26 no habla de los impactos socio-económicos. Más en general,, este punto está claro y es mejor borrado.

 

  1. Conservación y uso sostenible de la diversidad biológica se basa en una amplia gama de elementos, incluidos los socioeconómicos, que apoya la aplicación de los principios de sostenibilidad.

Comentario: Este punto consiste en dos estados separados que son verdad, pero la vinculación de lo cual es confuso, because it is unclear to what the word “which” refers. Además, dado que el artículo 16 del CDB establece explícitamente que el acceso y transferencia de biotecnologías es esencial para la consecución de los objetivos de la Convención, será importante para reflejar que, en este punto.

Texto sugerido: "La conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica se basa en una amplia gama de elementos, incluyendo el acceso y la transferencia de biotecnologías, y los elementos socio-económicos. En este contexto, la aplicación de los principios de sostenibilidad es muy recomendable.

 

  1. Planning and conducting risk assessments and taking socio-economic considerations into account pueden ser complementarias en el proceso de toma de decisiones.

Comentario: la redacción actual puede ser malinterpretado en que las consideraciones socioeconómicas son parte de la evaluación de riesgos.

Texto sugerido: "La planificación y la realización de evaluaciones de riesgo y tomar las consideraciones socioeconómicas en cuenta en el proceso de toma de decisiones pueden ser complementarias."

 

  1. Public participation and consultation form part of the process of taking socio-economic consideraciones en cuenta.

Comentario: The use of prescriptive phrasing is inconsistent with the objective of providing conceptual clarity about a CPB article that is not prescriptive.

Texto sugerido: "La participación ciudadana y la consulta pueden formar parte del proceso de atender a factores socioeconómicos en cuenta."

 

Consideraciones metodológicas

Comentario: explicar brevemente que esta sección se refiere a las metodologías para abordar socioeconómico

Consideraciones.

Comentarios a los puntos individuales sólo pueden administrarse una vez se ha añadido la sustancia, como en la sección anterior.